Contratos comerciales

Contrato de prestación de servicios

Regula servicios entre empresas o a un cliente: alcance, precio, plazos y término.

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¿Qué es este documento?

Es el contrato que regula la prestación de un servicio entre dos partes que no están en relación laboral: una empresa que contrata a otra, o un cliente que contrata a un prestador independiente. Define qué se hace, en qué plazo, por cuánto y qué pasa si algo falla.

Su cláusula central es el alcance. Un servicio mal delimitado es la causa más común de conflicto: el cliente entiende que algo estaba incluido y el prestador que era trabajo adicional. Por eso conviene describir entregables concretos y decir expresamente qué queda fuera.

Hay un punto crítico en Chile: si el servicio se presta con subordinación y dependencia —horario, supervisión directa, exclusividad, instrucciones permanentes— la relación puede ser calificada como laboral por la Dirección del Trabajo o los tribunales, sin importar el título del contrato. La forma no salva el fondo.

¿Cuándo lo necesitas?

Cuando contratas o prestas servicios profesionales, técnicos o de operación con cierta continuidad o monto: desarrollo, marketing, contabilidad, mantención, consultoría, diseño.

También cuando el servicio ya venía prestándose de palabra y aparece el primer desacuerdo sobre alcance o pago: formalizarlo por escrito, aunque sea tarde, ordena lo que viene.

Si lo que necesitas es una relación con subordinación y jornada, el instrumento correcto no es este contrato sino un contrato de trabajo.

¿Qué incluye?

  • —Descripción del servicio, entregables y exclusiones expresas
  • —Precio, forma de pago, reajustes y emisión de documentos tributarios
  • —Plazos, hitos y procedimiento de aceptación de los entregables
  • —Obligaciones de cada parte y personal asignado
  • —Confidencialidad y titularidad de lo que se produzca
  • —Declaración de independencia: no hay vínculo laboral
  • —Responsabilidad, límites de indemnización y garantías
  • —Causales de término, aviso previo y efectos del término

Preguntas frecuentes

¿Cuándo un contrato de servicios pasa a ser laboral?+

Cuando aparecen la subordinación y la dependencia: horario impuesto, supervisión directa, instrucciones permanentes, exclusividad, integración a la organización del cliente. La ley presume la existencia de contrato de trabajo cuando concurren esos elementos, y el título del documento no cambia el resultado. Es el riesgo principal de esta figura.

¿Boleta de honorarios o factura?+

Si el prestador es una persona natural, boleta de honorarios, con la retención de impuesto que corresponda; la tasa de retención sube gradualmente cada año conforme a la reforma que la fijó. Si es una empresa, factura afecta. Conviene dejarlo dicho en el contrato para que no se discuta al momento de pagar.

¿De quién es lo que se produce durante el servicio?+

De quien lo creó, salvo pacto en contrario. Pagar por un trabajo no transfiere automáticamente los derechos de autor sobre el resultado: hace falta una cláusula de cesión expresa, y conviene que precise el alcance, el territorio y el plazo. Es lo que más se olvida en contratos de diseño, software y contenido.

¿Se puede terminar antes de tiempo?+

Sí, en los términos que el propio contrato establezca: la plantilla contempla término por incumplimiento y término por voluntad de cualquiera de las partes con aviso previo. Lo importante es definir qué pasa con lo ya ejecutado y lo ya pagado, porque es ahí donde surge el conflicto.

Dominio público

Esta plantilla se publica bajo CC0 1.0: renunciamos a nuestros derechos de autor y queda en dominio público, así que puedes usarla, modificarla y redistribuirla para cualquier fin, sin permiso ni atribución.

Es información general para la legislación chilena y se entrega tal cual, sin garantías. No constituye asesoría legal ni crea una relación abogado-cliente. Cada situación es distinta: si el asunto es relevante, consulta a un abogado antes de firmar.

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