¿Qué es este documento?
Es el contrato individual de trabajo sin fecha de término: la forma normal de contratar en Chile cuando hay subordinación y dependencia. Lo que lo define no es su nombre sino la relación real —horario, supervisión, instrucciones, lugar de trabajo—; si esos elementos están presentes, hay contrato de trabajo aunque las partes lo hayan llamado de otra manera.
Debe constar por escrito y firmarse en dos ejemplares, uno para cada parte, dentro de los quince días siguientes a la incorporación del trabajador. No escriturarlo tiene una consecuencia dura para el empleador: además de la multa, la ley presume que son cláusulas del contrato las que declare el trabajador.
"Indefinido" no significa que no se pueda terminar. Significa que no tiene fecha de vencimiento: para ponerle término hay que invocar una causal legal y, cuando es por necesidades de la empresa, pagar la indemnización que corresponda.
¿Cuándo lo necesitas?
Cada vez que incorporas a alguien que va a trabajar bajo tus instrucciones, en tu horario y en tu organización, sin plazo definido. Es el contrato base del vínculo laboral y el punto de partida de todo lo que venga después: anexos, amonestaciones, finiquito.
También cuando una relación que venía funcionando como honorarios ya reúne las notas de subordinación. Regularizarla a tiempo cuesta mucho menos que una demanda por despido injustificado con reconocimiento de relación laboral.
Si el trabajo tiene una duración acotada y conocida, el instrumento correcto es un contrato a plazo fijo o por obra o faena, no este.
¿Qué incluye?
- —Individualización de las partes, fecha de ingreso y nacionalidad del trabajador
- —Naturaleza de los servicios y cargo, con descripción de funciones
- —Lugar de prestación de servicios y reglas de movilidad
- —Jornada de trabajo, distribución semanal y tratamiento de horas extraordinarias
- —Remuneración: monto, forma y período de pago, y asignaciones no imponibles
- —Feriado anual, permisos y beneficios pactados
- —Obligaciones del trabajador y del empleador, incluidas cotizaciones y seguro de cesantía
- —Confidencialidad, invenciones y propiedad intelectual de lo creado en el empleo
- —Causales de término del contrato y domicilio para efectos legales
Preguntas frecuentes
¿En qué plazo hay que firmarlo?+
Dentro de los quince días siguientes a la incorporación del trabajador, en dos ejemplares firmados por ambas partes. Para contratos por obra o faena, o de duración inferior a treinta días, el plazo es de cinco días. Si no se escritura, la ley presume que son cláusulas del contrato las que declare el trabajador, además de la multa que corresponda.
¿Vale la cláusula de período de prueba?+
El período de prueba del régimen general no está regulado en el Código del Trabajo: la ley solo lo contempla para trabajadores de casa particular. Una cláusula así no habilita a despedir libremente durante esos meses; el término igual necesita una causal legal y, si corresponde, el pago de indemnización. La plantilla la incluye porque es de uso frecuente, pero conviene entender su alcance real antes de apoyarse en ella.
¿Se puede terminar un contrato indefinido?+
Sí. Lo que exige es invocar una causal legal: mutuo acuerdo o renuncia, alguna de las causales imputables a la conducta del trabajador, o necesidades de la empresa. Cada vía tiene sus formalidades de aviso y sus efectos económicos distintos, y la causal invocada es la que después se discute en juicio.
¿Hay que pagar indemnización siempre?+
No. Depende de la causal: la renuncia y el término por conducta del trabajador no dan derecho a indemnización por años de servicio; el despido por necesidades de la empresa sí, con los topes legales de años y de monto. El finiquito debe pagarse y ratificarse ante un ministro de fe.
Esta plantilla se publica bajo CC0 1.0: renunciamos a nuestros derechos de autor y queda en dominio público, así que puedes usarla, modificarla y redistribuirla para cualquier fin, sin permiso ni atribución.
Es información general para la legislación chilena y se entrega tal cual, sin garantías. No constituye asesoría legal ni crea una relación abogado-cliente. Cada situación es distinta: si el asunto es relevante, consulta a un abogado antes de firmar.