¿Qué es este documento?
Es el acuerdo de confidencialidad que firma un proveedor —y que debe hacer extensivo a su personal y subcontratistas— sobre la información de tu empresa a la que accede para prestar el servicio.
La particularidad frente a un NDA común es la cadena: el proveedor casi nunca trabaja solo. Si el documento no obliga al proveedor a imponer las mismas condiciones a quienes él contrate, la protección se corta en el primer eslabón.
Cuando el proveedor además trata datos personales por tu encargo, el NDA no basta: se necesita un acuerdo de tratamiento de datos que fije finalidades, medidas de seguridad y reglas de subencargo.
¿Cuándo lo necesitas?
Antes de que el proveedor acceda a tus sistemas, a tu base de clientes o a información de operación: onboarding de una agencia, un servicio de TI, una empresa de aseo con acceso a oficinas, un call center o cualquier tercero que vea información interna.
También al licitar: si vas a entregar antecedentes para que varios proveedores coticen, conviene que todos firmen antes de recibirlos.
¿Qué incluye?
- —Definición de la información a la que accede el proveedor
- —Obligación de extender el deber a personal y subcontratistas
- —Medidas mínimas de seguridad y custodia de la información
- —Prohibición de usar la información para fines propios o de terceros
- —Devolución o destrucción certificada al término del servicio
- —Auditoría y verificación del cumplimiento
- —Responsabilidad por los actos de su personal y cláusula penal
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Es información general para la legislación chilena y se entrega tal cual, sin garantías. No constituye asesoría legal ni crea una relación abogado-cliente. Cada situación es distinta: si el asunto es relevante, consulta a un abogado antes de firmar.